¿Para qué sirve una Declaratoria de fábrica? Para empezar, se debe considerar que la declaratoria de fábrica es una inscripción de un inmueble a los registros de predios, se podría considerar que es como la constancia o partida de nacimiento donde se pueden visualizar todos sus datos y específicaciones del inmueble, así mismo como la técnicas de la construcción.
Cuando se quiere realizar la declaratoria de fábrica se debe considerar las remodelaciones o implementaciones que se van a realizar en el inmueble, esto también para que en un supuesto de venderlo se lleve a cabo la tasación de un inmueble incluyan las mejoras o cambios realizados.
Por otro lado, si se quiere realizar el anticipo de legítima, que significa el efectuar una herencia prematura. En el caso mencionado, se debe realizar primero la inscripción de la declaratoria de fábrica, para que luego sean consideradas como unidades independientes.
Consideraciones para la declaratoria de fábrica
Cuando una construcción de una propiedad se realiza con la aprobación de la municipalidad donde se encuentra, se debe solicitar a la entidad si la construcción está todo en buenas condiciones para que después se realice la declaratoria de fábrica. En el caso de realizar algún cambio dentro de los planos de construcción luego de presentarse, se deben hacerse presente.
Requisitos para edificaciones construidas hasta el 20 de julio de 1999
– Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita en la oficinas de la Sunarp) debidamente llenado y firmado por el presentante.
– Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
– Formulario Registral – FOR (distribución gratuita en las oficinas de la Sunarp) debidamente llenado y suscrito por los propietarios y el verificador responsable, con firmas certificadas ante notario.
– Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios vigente expedido por la municipalidad correspondiente.
– Plano de localización y ubicación. Debe contener cuadro normativo y cuadro de áreas, suscrito por el verificador responsable, con firma certificada ante notario.
– Plano de distribución, suscrito por el verificador responsable, con firma certificada ante notario.
– En los casos de remodelación, ampliación, modificación y reparación, deberá adjuntar dos planos: uno correspondiente a la fábrica inscrita donde se visualice los elementos eliminados y otro plano de la fábrica resultante.
– Informe técnico de verificación, suscrito por el verificador responsable, inscrito en el índice de verificadores a cargo de la Sunarp, con firma certificada ante notario.
– Todos los documentos solicitados deben de presentarse por triplicado y separado (un original y dos copias). El original queda archivado en la Oficina Registral, una de las copias es enviada de oficio a la municipalidad distrital correspondiente luego de la inscripción, y la otra devuelta al usuario.
– Pago de derechos registrales
Requisitos para edificaciones iniciadas desde el 21 de julio de 1999
– Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
– Copia simple del Documento Nacional de Identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
– Formulario Único de Edificaciones – FUE a que se refiere la Ley Nº 29090 aprobado por la municipalidad, o parte notarial de la escritura pública donde se inserte el FUE.
– Plano de ubicación, localización y distribución autorizado por el profesional competente, debidamente aprobado por la municipalidad (con los sellos de aprobación).
– Declaración jurada con firma certificada por Notario Público de los propietarios indicando la fecha de terminación de la construcción, cuando esta se hubiera omitido en el FUE (Art. 79 del Reglamento de Inscripción del Registro de Predios).
– Pago de derechos registrales.
Fuente: IBR